lunes, 9 de septiembre de 2013

DERECHO AL TRABAJO- 20104

Docente: QUIÑONES PINZÓN RICARDO

 ¿Qué es el trabajo?

Es toda actividad humana libre, material o intelectual permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta generando un servicio a otra, cualquiera sea su finalidad, siempre que se efectué en ejecución de un contrato de trabajo.

Características

Obligatoriedad
Protección al trabajo
Derecho al trabajo
Asociación y huelga
Carácter de orden publico
Normas más favorables.

Contrato de trabajo individual
 Es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuidad, dependencia y subordinación de la segunda y mediante remuneración.
Subordinación

Elementos esenciales:

Prestación personal del servicio
Remuneración
Subordinación o dependencia

Capacidad para trabajar (según edad)

18 años
16 años (permiso de autoridad laboral (6 horas))
14 años
12 años

Contratista independiente

Verdadero patrono
Personas naturales o jurídicas
Ejecutan obras o prestan servicios en beneficio de jerarquía
Sueldo determinado
Aumentan todos los riesgos
Desarrollan la actividad con sus propios medios y con la libertad y autoridad técnica y directiva

Modalidad contrato de trabajo

Verbal
Término indefinido
Índole del trabajo
Lugar de trabajo
Remuneración

Escrito
Identificación y domicilio
lugar, fecha donde se celebra
lugar de trabajo
Remuneración
Duración del contrato

Tipos de contrato

Duración: indefinido, fijo, obra o labor y accidental o transitorio

Forma de pago: sueldo, jornal, salario integral, parte en dinero y especie

Sujeto a actividad: Extranjero, a domicilio, dirección, manejo, vigilantes, vendedoras, agentes, choferes de familia, servicio doméstico.

Contrato a término fijo

Siempre debe ser por escrito
Su duración no puede ser superior a 3 años pero es renovable indefinidamente.
Preaviso por parte del patrón debe ser por escrito y con una antelación no inferior a 30 días de lo contrario se entenderá renovado por un periodo igual al inicial, pactado y así sucesivamente.
Si el término es inferior a un año únicamente podrá prorrogarse sucesivamente hasta 3 periodos inferiores a un año, al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un año y así sucesivamente.

Convenio siempre por escrito
Periodo de prueba
Salario integral
Pagos que no constituyen salario
Contrato de aprendizaje
Contrato a término fijo sus prorrogas y preaviso
Contrato celebrado para colombianos para viajar al exterior

Revisión del contrato
Todo contrato de trabajo es revisable cuando quiera que sobrevengan imprevisibles y graves alteraciones de la normalidad económica

Suspensión del contrato de trabajo

Fuerza mayor o caso fortuito
Muerte o inhabilidad de trabajo (patrón)
Suspensión de actividades o clausura temporal de la empresa hasta por 120 días
Licencia o permiso temporal concedido por empleados
Suspensión disciplinaria
Servicio militar del trabajador
Detención preventiva del trabajador que no exceda de los 8 días
Por estudios del trabajador

Efectos
No hay trabajador
No hay remuneración
Hueco: cesantías, primas, vacaciones, pensiones

Obligaciones especiales del patrón
Obligaciones periódicas del patrón

SEGUNDO CORTE
Se estudia todo lo referente al codigo sustantvio del trabajo, se realizo un ejemplo de un contrato de trabajo de acuero a lo estipulado en el codigo sustantivo del trabajo.

TERCER CORTE
Se maneja una metolodologia diferente a los cortes anteriores, en este corte los estudiante tienen la posibilidad de dirigir  las clases de acuerdo a los temas que el docente asigno por grupos de maximo 5 personas.
los temas tratados en este corte son:

Liquidacion y porcentajes para liquidar la seguridad social
Acoso laboral
Pensiones antes y despues de la ley 100



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